Sharing Economy UK impulsa mecanismos de autorregulación
Hace unos días en Reino Unido se lanzaba un nuevo colectivo empresarial vinculado a la economía colaborativa con el nombre Sharing Economy UK – SEUK, su creación continua la tendencia de otros países, como es el caso de España con Sharing España, donde las organizaciones que operan en este entorno se organizan para tener una voz propia, explicar qué es la economía colaborativa (EC) y sus beneficios, así como defender sus intereses.
El lanzamiento de SEUK, en el que actualmente hay 20 empresas, coincide con un interesante momento en UK a la vista de la posición tomada por el Gobierno de Cameron sobre la oportunidad que representa la EC. Precisamente esta semana el ejecutivo inglés daba respuesta oficial al informe de noviembre de 2014 realizado por Debbie Wosskow, CEO de Love Home Swap, donde se incluían diversas recomendaciones sobre cómo se debería favorecer la EC desde el ámbito público y privado.
Uno de los aspectos que SEUK ha abordado desde su lanzamiento ha sido la incorporación de un código de conducta aplicable a sus miembros con el que se pretende avanzar en uno de los temas más estratégicos para la EC, como es el impulso de sistemas de autorregulación para lograr resolver algunos de los problemas asociados a estas actividades y así conseguir un ecosistema más seguro para los agentes que operen en este. El citado código establece una serie de principios y valores por los cuales deben regirse las plataformas colaborativas que formen parte, entre los que destacaría:
1. Favorecer que las actividades de la EC operen dentro de la legislación y con estándares de compliance.
2. Trabajar para que las relaciones de las plataformas con los consumidores y usuarios sean honestas y de confianza. Asimismo que dichos usuarios puedan tener acceso al código de conducta a través de las mismas plataformas.
3. Trabajar para que las plataformas promuevan que sus usuarios presten los servicios y bienes observando todos los aspectos básicos de seguridad y de calidad exigibles.
4. Impulsar una actividad institucional proactiva de las empresas de SEUK para explicar la EC y sus beneficios.
5. Los miembros deben trabajar para integrar modelos eficientes de resolución de controversias entre usuarios, ayudando a mediar para la resolución de estos.
Es relevante que el código busque que las plataformas sean proactivas en trabajar con los usuarios para favorecer un entorno más seguro de actividad. Todo ello sin olvidar la particular posición de las plataformas en cuanto al control de la actividad que los usuarios realizan en estas, la que obviamente no puede ser totalmente fiscalizada por estas empresas al basarse en transacciones P2P.